Dirección del Trabajo llamó a respetar este 18 y 19 de septiembre el feriado obligatorio e irrenunciable del Comercio. Multas pueden superar el millón de pesos por cada trabajador en infracción. Aquellos locales que sean atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos sí podrán funcionar.
Los días 18 y 19 de septiembre son dos de los cinco feriados obligatorios e irrenunciables en el comercio, tal como el del 1 de enero, 1 de mayo y 25 de diciembre, establecidos como tales a fines de 2007. En todos los casos, el feriado comienza a las 21.00Leer Más